Fallo judicial en Argentina obliga a un banco a resarcir a una clienta por un fraude digital

Fallo judicial en Argentina obliga a un banco a resarcir por fraude digital
La Cámara Comercial de Argentina confirmó que un banco es responsable por un fraude digital que permitió tomar un préstamo y transferir dinero sin autorización. El fallo ordena resarcir a la clienta y refuerza la obligación de fortalecer la seguridad en el home banking.

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial de Argentina ha confirmado que una entidad bancaria es responsable en un caso de fraude electrónico que afectó a una clienta de Buenos Aires. Este fallo reafirma que el banco no implementó controles adecuados para prevenir que terceros accedieran de manera indebida a su cuenta a través del sistema de home banking.

Cómo ocurrió el fraude digital

La estafa ocurrió el 20 de abril de 2021, cuando alguien logró ingresar a la plataforma digital de la usuaria, gestionó un préstamo preaprobado de 75.000 pesos y transfirió esa suma —junto con 2.400 pesos que la clienta ya tenía en su cuenta— a una persona que reside en Córdoba. La clienta se dio cuenta de las transacciones de inmediato y presentó reclamos formales ante el banco, adjuntando correos, capturas de pantalla y toda la documentación que había recopilado mientras advertía lo sucedido. También presentó la denuncia penal correspondiente.

Argumentos del banco y respuesta de la Justicia

El banco intentó desvincularse del asunto argumentando que la víctima había compartido sus claves personales. Sin embargo, la Justicia desestimó esta defensa, ya que la entidad no pudo demostrar ni la supuesta negligencia de la usuaria ni la existencia de mecanismos de autenticación sólidos en ese momento. La jueza de primera instancia recordó que está en vigor la Ley de Defensa del Consumidor, que exige a los bancos implementar sistemas de protección adecuados a los riesgos del entorno digital. Incluso mencionó una recomendación formal del Banco Central de la República Argentina, que aconseja fortalecer la verificación de identidad al contratar préstamos en línea, señalando que herramientas como la validación facial no estaban disponibles en este caso.

Indemnización y límites del reclamo

El fallo ordenó la devolución total del dinero debitado y reconoció un daño moral de 300.000 pesos, considerando que el incidente causó un perjuicio psicológico y emocional que va más allá de una simple molestia. Sin embargo, no se aceptaron las solicitudes de daño punitivo ni el reclamo por gastos de movilidad, debido a la falta de pruebas concluyentes.

Qué resolvió la Cámara en segunda instancia

Ambas partes apelaron: el banco se mantuvo firme en culpar a la clienta, mientras que la mujer pidió un aumento en la indemnización. La Cámara, después de revisar el caso, confirmó la sentencia en su totalidad. Las juezas subrayaron que las entidades bancarias tienen una posición dominante, cuentan con más capacidad técnica y deben asumir los riesgos que conllevan las operaciones digitales. También hicieron hincapié en que no es suficiente con mostrar campañas de concientización o protocolos genéricos; es esencial demostrar que se aplicaron de manera concreta en el momento del incidente.

Una obligación clara: la seguridad digital bancaria

Con la decisión de segunda instancia, el banco tendrá que devolver los fondos, pagar los intereses y cubrir los costos del proceso, reafirmando así que la seguridad digital es una obligación legal que no se puede delegar en el ámbito financiero argentino.

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